Para Víctor Oléa Peláez
presidente de la Barra mexicana, Colegio de Abogados, A.C., la reforma judicial tendrás graves consecuencias. Dirige su mensaje, a los 7 ministros de la SCNJ, quienes con dignidad y valentía, defendieron a México y a su democracia. Mostró solidaridad y respeto.
Y explica; durante los últimos meses, casi a diario, hemos vivido verdadera vorágine jurídica nacional.
Pasamos primero, de temeraria iniciativa de reforma constitucional judicial, que el ejecutivo federal presentó -el 5 de febrero de 2024- a segundo, su criticada y desaseada aprobación en ambas Cámaras del Congreso de la Unión; a la absurda e inviable implementación de la reforma, sin descartar otras que intentaron impedir la promoción de amparos, acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales en contra, finalmente, a los planteamientos y proyectos que se instruyeron y resolvieron sobre el particular, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin pasar por alto, la estoica y comprensible renuncia de 7 destacados ministros de nuestro más alto tribunal.
Atendiendo a la compleja problemática antes planteada, que desafortunadamente nos condujo a situación constitucional sin parangón en la historia de nuestro atribulado país, es que someto a los lectores, las que en mi criterio constituyen las 10 consecuencias más palpables y delicadas de esa reforma judicial.
1.- La lamentable pérdida de extraordinarias carreras judiciales.-
Sin duda, una de las consecuencias más desafortunadas de esa tan criticada reforma constitucional, es que generó las declinaciones-renuncias no sólo de 7 distinguidos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sino además, más de 860 magistrados de circuito y jueces federales.
Lo anterior, implica que nuestro sistema de justicia perderá definitivamente y a partir del 31 de agosto del 2025, a los s funcionarios jurisdiccionales que poseen carreras judiciales y trayectorias profesionales de gran trascendencia, lo que producirá ineludiblemente, demérito a futuro de la calidad técnica, ética y moral, y sobre todo, de la independencia de la administración de justicia federal.
2.- Jornada electoral inviable.-
Asimismo, nos encontraremos con una realidad inobjetable. La jornada electoral que tendrá verificativo el 1º de junio del 2025, será no sólo inviable, sino que constituye en fracaso anunciado.
La elección estará marcada por un abstencionismo brutal, que de entrada, producirá el que se considere ilegítimo su resultado, y al mismo tiempo, será verdadero caos electoral, que pondrá en entredicho al INE.
Al mismo tiempo, la complejidad y duración de las votaciones, hacen patente que serán comicios que de manera alguna, no se podrán considerar confiables ni certeros.
3.- Desaliento.-
La elección popular de los nuevos ministros, magistrados electorales, magistrados del tribunal de disciplina, integrantes del órgano de administración, de los magistrados de circuito y jueces de distrito, y derivado principalmente que no tendrán ni la autonomía, ni la preparación jurídica de sus antecesores, producirá lógico desaliento en la comunidad jurídica nacional, y desde luego también, en los justiciables.
4.- El costo.-
Por otro lado, se publicó el requerimiento del INE para los dineros que esa elección necesitará, y la suma es exorbitante; más de 13 mil millones de pesos.
En su concepto, ese extraordinario costo, no sólo es injustificado, sino que implicará desgaste brutal para el presupuesto federal, en perjuicio de quienes consideramos exagerado desembolso.
Bien se podría invertir en el mejoramiento material y humano de la judicatura, o de otros aspectos de la vida nacional.
El malgastar o desperdiciar el dinero de los mexicanos en la preparación y ejecución de la jornada electoral-judicial, nos parece poco recomendable para la realidad de nuestro país.
5.- Los perjuicios económicos a futuro.-
La inseguridad jurídica que incuestionablemente provocará esa reforma judicial a partir de la futura falta de independencia de los integrantes del poder judicial de la federación, de su disminución técnico jurídica y de su sumisión política, seguramente conllevará, por lo menos, desaceleración de la economía nacional, con motivo de que la inversión extranjera y nacional, definitivamente no ve con buenos ojos esa modificación constitucional que eventualmente pondrá en riesgo, sus legítimos negocios.
Sin duda, esta situación deteriorará el desarrollo de México.
6.- Debilitamiento de la protección constitucional de los derechos y libertades.-
No únicamente la nueva estructura constitucional, sino la reciente reforma “antiamparos” o de “supremacía constitucional”, es claro que vulnerará el acceso a la justicia y el respeto a los derechos humanos.
7.- Eliminación de los efectos generales.-
Esa lamentable reforma desafortunadamente, inhibe la importancia de la facultad constitucional que tenían las personas juzgadoras, para conceder medidas suspensionales con efectos a terceros ajenos a la controversia, así, ante esa determinación legislativa, ahora será casi imposible tutelar a través del juicio de amparo, los derechos de naturaleza colectiva y difusa, que por su naturaleza tienen impacto en el orden público e interés social, así como, en la necesidad de salvaguardar que ninguna medida estatal, atentará en contra del principio de igualdad y no discriminación en el goce de los derechos humanos.
8.- El sistema interamericano de derechos humanos.-
El claro incumplimiento que subyace de la reforma en lo sustantivo como en el caso de los “jueces sin rostro”, tendrá seguras secuelas en la comisión interamericana de derechos humanos CIDH, en la Corte interamericana de derechos humanos CIDH, que además de dejar nuevamente mal parado al Estado Mexicano, tendrá repercusiones que derivarían en el incumplimiento de acuerdos previos o a la violación de estándares internacionales, que con independencia del desprestigio propio para nuestro país a nivel internacional, derivarían importantes sanciones económicas.
9.- Rezago.-
A mayor abundamiento más allá del indiscutible rezago en la Corte que se enfrentará a partir de la desaparición de las salas especializadas, igualmente, derivado de la “curva de aprendizaje” que tendrán los nuevos jueces, magistrados y ministros, se producirá lamentable y dañina dilación en las distintas resoluciones jurisdiccionales que les correspondan, en perjuicio de la expedita y deseada administración de justicia.
10.- Autoritarismo.-
La erosión en la separación de poderes; la falta de independencia judicial; el perjuicio a la profesión legal; el desacato sistemático a las determinaciones emitidas por los poderes judiciales; el desprecio al estado de Derecho, nos conducirá indefectiblemente al autoritarismo./El Universal
En el Estado Colima, ningún representante de barra, colegio o asociación de abogados, han hecho pronunciamientos rerlacionados con la aprobación de la reforma judicial