Tecomán, Colima, México (EAM).- El Instituto Federal de
Telecomunicaciones (Ifetel) aprobó las disposiciones para garantizar que a
partir del próximo 1 de enero los concesionarios cumplan con la obligación de
no realizar cargos por llamadas de larga distancia nacional a sus usuarios.
Las reglas aprobadas por
el pleno del órgano regulador establecen de manera expresa que a partir de
dicha fecha todo el territorio nacional será considerado como una sola área de
servicio, de lo cual se deriva que todas las llamadas que se originen en el
país deberán considerarse como llamadas locales.
Ello, precisa el
Instituto en un comunicado, a fin de garantizar que no existan cargos de larga
distancia a los usuarios de telefonía; las tarifas al usuario final con prefijo
045 serán las mismas que para las llamadas con prefijo 044.
Del mismo modo, las
tarifas al usuario para las llamadas con prefijo 01 y 02 deben ser las mismas
que aquellas para que se marquen con siete, ocho o en su caso 10 dígitos
directamente.
“A partir del 1 de enero
de 2015, independientemente del esquema de marcación que utilicen los usuarios,
los concesionarios deberán aplicar la tarifa del servicio local que
corresponda”, subraya.
Lo anterior no obsta
para que, los servicios de larga distancia nacional prestados previamente a
dicha fecha, puedan ser facturados y cobrados a los usuarios después del 1 de
enero de 2015.
Las disposiciones de
manera expresa señalan que los concesionarios, permisionarios y autorizados
solamente podrán registrar o mantener tarifas del Servicio Local, sin perjuicio
de las tarifas que en su caso registren o tengan registradas para el servicio
de larga distancia internacional.
Para garantizar lo
anterior, se precisa que los concesionarios, autorizados o permisionarios que
modifiquen las condiciones originalmente contratadas con motivo de la
eliminación de los cobros por llamadas de larga distancia nacional, deberán
informar a sus usuarios de dichos cambios.
Para que la eliminación
de los cargos por llamadas de larga distancia beneficie a los usuarios a partir
del 1 de enero asegurando la continuidad de los servicios, es necesario
mantener de manera transitoria los actuales procedimientos de marcación y los
mensajes de señalización que intercambian las redes en la interconexión.
De esta forma, en las
llamadas de larga distancia nacional, los usuarios deberán continuar marcando
los prefijos de 01, 02, para comunicaciones hacia líneas fijas y 045 para las
móviles; sin embargo, si la empresa prestadora del servicio así lo permite,
será posible realizar dichas llamadas con marcación directa de 10 dígitos.
En cualquier caso, ya
sea marcación con prefijo o directa con 10 dígitos, las llamadas realizadas
dentro del país hacia cualquier destino nacional serán cobradas a los usuarios
con tarifas locales.
“Es importante mencionar
que, de conformidad como lo establece el marco legal, en su oportunidad se
determinará el mecanismo para migrar a una marcación uniforme de 10 dígitos”,
precisa.
Para preservar el
derecho de los usuarios de elegir libremente a su proveedor de servicios, las
disposiciones mantienen el servicio de selección por presuscripción sólo para
quienes a la entrada en vigor de las disposiciones se encuentren presuscritos con
algún operador distinto de su operador local y exclusivamente para el servicio
de larga distancia internacional.
En el caso de los
usuarios que actualmente no tienen la opción de seleccionar a un operador
mediante el servicio por presuscripción o que reciben el servicio de larga
distancia vía enlaces directos, el concesionario que les ofrece el servicio
seguirá siendo el responsable de completar las llamadas o entregarlas a una
red.
El Ifetel señala que la
resolución aprobada fue fortalecida con las aportaciones recibidas durante el
proceso de consulta pública al que fue sujeto el anteproyecto de disposiciones.
“El documento aprobado
atiende diversas opiniones manifestadas por el público en general y los
concesionarios de los servicios de telecomunicaciones”, enfatiza el órgano
regulador.(Con información de
Notimex)
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