martes, 12 de mayo de 2015

EL CONSEJERO PRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES, Y EL INE, EVADEN RESPONDER PETICIÓN PARA QUE #QUITENREGISTROALVERDE

La petición se dirigió a las y los Consejeros Electorales y al Consejero Presidente del INE, sin embargo, nos respondió otra instancia para informar que se iniciará un Procedimiento Ordinario Sancionador que jamás solicitamos. Hemos impugnado esta decisión ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación porque no iniciamos una Queja y esta vía pone en riesgo el fondo de nuestra petición.
El 29 de abril se entregó una petición ciudadana conforme al derecho de petición garantizado en el 8º constitucional dirigida a las y los Consejeros Electorales del INE. Les solicitamos que iniciaran el procedimiento referido en el inciso e) del primer párrafo del artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos y que, por la magnitud de las violaciones sistemáticas y graves, determinaran la pérdida del registro del PVEM.
La petición fue dirigida a los integrantes del Consejo General con derecho a voto pues son ellas y ellos los únicos que tiene la facultad para determinar la pérdida del registro de un partido conforme lo plantea la legislación de partidos políticos. Asimismo, se pidió aplicar el artículo mencionado debido a que es nuestra convicción que una valoración del conjunto, y no de modo aislado como ha ocurrido hasta ahora, permitirá ver la estrategia sistemática que ha desarrollado el PVEM para violar las leyes e ignorar las ordenes de la autoridad.
El 6 de mayo se recibió la respuesta del INE, pero ésta no provino de las y los Consejeros Electorales sino de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral. Dicha Unidad anuncia que atenderá el caso como un Procedimiento Sancionador Ordinario (POS), cuando no hay ningún elemento de la petición que sugiera la presentación de una Queja y sin que sepamos cómo ha llegado (impulso procesal) a esa oficina una petición que no le formulamos sino a las y los integrantes del Consejo General con derecho a voto.
La narración de Hechos en la petición se refiere a asuntos que están resueltos por la autoridades o se encuentran en trámite. En relación a estos últimos, nuestra petición plantea que en ellos se valoren las razones expresadas en torno a la gravedad de las conductas de este partido, y no el inicio de un Queja.
El día 9 de mayo impugnamos esta respuesta (http://mariasantosv.blogspot.mx/2015/05/recurso-ante-el-tepjf-para-revocar-la.html?m=1) porque una de las posibles consecuencias de ir por esa vía, es que se argumente que los hechos ya han sido juzgados y no es posible volver a sancionar por esas mismas conductas. Por eso nuestra petición es que se analice la sistematicidad del conjunto de hechos contra la equidad y la autenticidad de las elecciones.
Las ciudadanas y ciudadanos que apoyamos esta petición pensamos que el Consejo General debe valorar nuestros argumentos y pronunciarse conforme a la Constitución y a la Ley. 
En suma queremos que se respete nuestro derecho de petición y no se pretenda dar “carpetazo” a la petición de más de 139 mil ciudadanos.
Además de esto el INE ha puesto obstáculos burocráticos absurdos, como el requerimiento –hasta el momento- de 13 USB con el contenido de las firmas electrónicas recabadas en la plataforma Change.

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