jueves, 12 de noviembre de 2015

NO TIENEN FACULTAD PARA QUITAR PLACAS, LICENCIAS O DOCUMENTOS, LOS AGENTES DE TRÁNSITO Y VIALIDAD EN EL ESTADO DE COLIMA

COLIMA, COL.-El diputado Nicolás Contreras invita a los presidentes de los diez ayuntamientos municipales del Estado, a que en uso de sus facultades, den cumplimiento inmediato a lo dispuesto por el artículo transitorio segundo, del Decreto número 460, publicado el 10 de enero del presente año, en el periódico oficial “El Estado de Colima” para derogar todas aquellas disposiciones que permitan a los agentes de tránsito y vialidad, el decomiso de placas, licencias y demás documentos a los conductores en garantía de pago de las infracciones de tránsito, y prohibir a los agentes o la realización de esas conductas.
Dijo que en el trienio pasado, los habitantes de la capital, fueron víctimas de una campaña recaudatoria emprendida por el entonces presidente municipal, quien ordenó a los agentes de tránsito y vialidad realizar de forma obligatoria el decomiso de placas de circulación, licencias de conducir o algún documento en garantía de pago de las infracciones por faltas a la ley de tránsito y vialidad,  a pesar de que el reglamento dejaa criterio del agente de tránsito, la realización de esa conducta.
“Esta situación generó molestia en los colimenses, puesto que les retiraban objetos que acorde a las diversas leyes y reglamentos de la materia son necesarios para la debida circulación de vehículos, lo que ocasionaba problemas ante las diversas autoridades de la materia”, puntualizó el legislador.
De acuerdo con un comunicado de prensa, Contreras Cortés, refirió que no obstante de haberse señalado un plazo fatal para tales adecuaciones, ninguno de los ayunta mientos dio cumplimiento a dicha disposición, pues aún conservan en sus reglamentos los artículos que permiten el decomiso o retención de placas, licencias y otros documen tos a los automovilistas, en contravención a lo señalado por el último párrafo de la fracción VIII, del artículo 91, de la Ley del Municipio Libre y el inciso b) de la fracción I, del artículo 10 Bis; y el artículo 119, ambos de la Ley del Transporte y de la Seguridad Vial para el Estado de Colima.
La iniciativa fue aprobada por unanimidad por los 25 diputados integrantes de la 58 Legislatura, presentada por el entonces legislador Noé Pinto de los Santos.

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