Por mayoría, el Congreso del Estado aprobó diversos
incentivos fiscales a favor de los contribuyentes del impuesto predial de Manzanillo, Colima, Cuauhtémoc, Tecomán e
Ixtlahuacán y a los usuarios del servicio de agua potable de Tecomán y Cuauhtémoc.
Para los municipios de Tecomán e Ixtlahuacán, la
Legislatura Local también aprobó descuentos a los contribuyentes de licencias comerciales y bebidas
alcohólicas.
Al presentar el dictamen a favor de los incentivos
fiscales, Santiago Chávez Chávez, presidente de la Comisión de Hacienda,
Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del Congreso del Estado,
explicó que para los municipios de Manzanillo y Colima, se aprobó condonar al 100 por ciento
los recargos y multas por falta de pago oportuno durante el ejercicio fiscal
2017 y anteriores por concepto de impuesto predial.
El descuento a las multas y recargos para Manzanillo será vigencia
para quienes se pongan al corriente durante los meses de junio y julio; en
tanto, los incentivos aprobados para el municipio de Colima se aplicarán dentro
de los 60 días naturales posteriores a la publicación del Decreto en el
Periódico Oficial del Estado.
Señaló que para Tecomán, se aprobó condonar al
100 por ciento los recargos generados y las multas impuestas a quienes adeuden
el año 2017 y anteriores en los conceptos de agua potable, impuesto predial y
el refrendo de licencias comerciales y de bebidas alcohólicas y paguen durante
los 60 días
naturales posteriores a la publicación del Decreto en el Periódico Oficial del
Estado.
Chávez Chávez mencionó que
para el municipio de Cuauhtémoc, se estableció condonar la totalidad de los
recargos y la multas a quienes adeuden el 2017 y años anteriores, tanto en el
impuesto predial como en el servicio de agua potable, siempre que se pongan al
corriente en el pago de las contribuciones durante
los 60 días
naturales posteriores a la publicación del Decreto en el Periódico Oficial del
Estado.
Para Ixtlahuacán, se determinó condonar el 100% de los recargos y
la multas impuestas a los deudores del año 2017 y anteriores, por el concepto
de pago del impuesto predial y las licencias comerciales, si se ponen al
corriente entre junio y diciembre.
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