El Congreso del
Estado exhortó a las secretarías de Movilidad y de Planeación y Finanzas del
Gobierno del Estado, a que dejen de cobrar el “Curso para personas operadoras
de vehículos de transporte público refrendo 2017”, o que informen los
fundamentos legales bajo los cuales se está cobrando.
A través de un punto
de acuerdo presentado por el Diputado Independiente Luis Ayala Campos, el Legislativo pidió también a las secretarías
exhortadas que dejen de cobrar el refrendo del gafete de chofer
de servicio público y se reintegre a quienes hubieran sufragado cantidad alguna
por esos conceptos.
El legislador por el municipio de
Manzanillo expuso que los primeros días de junio, la Secretaría de Movilidad
ofreció un curso de capacitación para que los operadores puedan tener el
refrendo de su gafete de servicio, requisito para trabajar y comprobar que se
mantienen en activo.
Mencionó que en esa oportunidad se dijo que los choferes podían
aprovechar para renovar su gafete hasta finales de octubre en Colima, Tecomán y
Manzanillo, porque no habría prórroga y se sancionaría a quien no tenga dicho
refrendo.
Ayala Campos consideró que al expedir
la convocatoria, se omitió incluir los fundamentos que dan certeza jurídica a
los operadores de transporte público de las disposiciones empleadas por las
autoridades, lo que resulta importante porque se señala que a partir del
próximo 27 de noviembre sancionarán a quien no tenga el refrendo de su gafete,
con multa que va de los 825 a los mil 125 pesos.
Aseguró que ninguna disposición legal establece como
obligación de los choferes realizar el refrendo, revalidación o cualquier otro
similar respecto a su gafete, tampoco se menciona que el mismo tenga una
vigencia definida.
También cuestionó que la Secretaría de Movilidad refiera
en la convocatoria que quienes no realicen el refrendo a partir del 27 de
noviembre serán multados, puesto que la Ley no establece dicha obligación.
Destacó que si bien la Ley de Hacienda del Estado
establece un cobro por refrendo anual de un gafete de identificación de
choferes y/o conductores de servicio público de pasajeros (concepto que no
corresponde al señalado en la Ley de Movilidad Sustentable), es claro al
señalar que los derechos de refrendo deberán pagarse durante los meses de enero
y febrero, previo trámite del servicio.
“Suponiendo sin conceder que el pago de este derecho
corresponda al señalado por la Secretaria de Movilidad, no se explica porqué se
pretende exigir durante el mes de noviembre, si de acuerdo a la Ley de Hacienda
éste debe hacerse en los primeros dos meses del año”, cuestionó el Diputado local.
Finalmente, dijo que al ser la Ley de Movilidad
Sustentable posterior a la Ley de Hacienda, puede derogar tácitamente dicho
precepto, pues el artículo tercero transitorio de la Ley de Movilidad refiere
que: “se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente
ordenamiento”.
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