viernes, 24 de agosto de 2018

DENUNCIA DE DEFICIENCIAS EN RECOLECCIÓN DE BASURA ES ATENDIDA POR LA COESPRIS

FOTO ILUSTRATIVA
COLIMA,COL.-En atención a la denuncia difundida en medios de comunicación relativo al servicio de recolección de basura en la capital del Estado, de la secretaría de salud y bienestar social a través de la comisión estatal para la protección contra riesgos sanitarios (Coespris) se señala lo siguiente:
La Coespris realizó el jueves 23 de Agosto visita de verificación a las instalaciones del servicio público municipal del ayuntamiento de Colima, para constatar el estado en que está el funcionamiento del servicio de limpia y recolección de basura.
Lo anterior a fin de proteger dentro del ámbito de su competencia, a la población contra riesgos sanitarios y garantizar que los establecimientos, servicios, actividades y productos, equipos y personas cumplen con los requisitos y condiciones establecidos por la legislación sanitaria vigente.
En tal sentido, se detectó que dicha área municipal tiene  flotilla de 21 vehículos diversos destinados a la recolección y disposición de la basura generada en la capital del Estado; de ellos 16 son unidades compactadoras, siete de los cuales están en reparación; tres camiones de cuatro toneladas, de los cuales, dos en mantenimiento y otros dos vehículos de una tonelada funcionales.
De ahí se desprende que de los 21 vehículos con los que se presta el servicio, doce funcionan y el resto, nueve en reparación.
Se informó que ese servicio municipal tiene tres turnos a través de nueve rutas matutinas, siete vespertinas y seis nocturnas con lo que a la fecha ya se alcanza el 90% de cobertura, toda vez que cuatro rutas  desfasadas y se cubren en turnos subsecuentes.
Esa verificación se turnó a dictaminación que generó ordenamiento en el que se instruye que a la brevedad, se regularice al 100% el servicio de limpieza pública que se entregará al ayuntamiento en las horas hábiles de la administración municipal hoy 24 de Agosto.
El anterior procedimiento se realizó acorde a lo estipulado por la ley estatal de salud así como de su reglamento cuya base es el artículo 115 Constitucional que entre otros aspectos, faculta a los ayuntamientos en la realización del servicio público de limpieza.

No hay comentarios:

Publicar un comentario