El dictamen leído en
tribuna por el diputado Octavio Tintos Trujillo, adiciona el artículo 47 bis a
la ley de la juventud, para establecer que las secretarías de la juventud y la de planeación y finanzas,
podrán programar y presupuestar anualmente, el pago de becas
económicas mensuales a las madres jóvenes
y embarazadas que estudien.
La beca podrá otorgarse a través de convocatoria que emita la secretaría de la juventud en el mes Enero
de cada año y para ser entregadas por la secretaría de desarrollo social.
Las mujeres que podrán ser acreedoras a ese tipo de becas deberán ser
madres jóvenes o embarazadas residente en el Estado de Colima,
tener entre 12 y 30 años de edad, no recibir beca federal y
estar inscrita en algún plantel educativo.
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