lunes, 13 de julio de 2020

OFRECE IMSS A PATRONES, PAGOS PARCIALES POR RETRASOS A TRAVÉS DEL INTERNET

CD DE MÉXICO.-Como medida de apoyo a los patrones con créditos fiscales por retrasos en el pago de sus cuotas, el instituto mexicano del seguro social (IMSS) simplificó el trámite para la suscripción del convenio de pagos en parcialidades, informó Norma Gabriela López Castañeda directora de incorporación y recaudación.
Explicó que derivado de la emergencia sanitaria, algunos empresarios lamentablemente cayeron en esa condición, y ahora buscan regularizar su situación ante el IMSS, por lo que se les ofrecen opciones benéficas para saldar sus adeudos, sin salir de casa para prevenir riesgos de contagio por COVID-19.
El primer beneficio con ese convenio, es que el monto del adeudo queda congelado y solamente se cubre lo correspondiente a la tasa de recargos que establece la ley de ingresos.
Se suspende cualquier acción de facultades de la autoridad para ejercer ese crédito, y podemos convenir sin que la cantidad siga creciendo, y que se convierta pago en donde pudieran llegar a perder el patrimonio, dijo.
Precisó que ese mecanismo no es nuevo, ahora es simple lo que pedimos es que envíen correo electrónico, con la información: tarjeta de identificación patronal, la identificación oficial vigente, el acta constitutiva de la persona moral en donde aparezcan los datos esenciales, el poder notarial en caso de tener algún representante legal y un escrito libre en donde hagan explícita esa solicitud”.
Refirió que esa posibilidad está prevista en la ley del seguro social desde 1997, pero que en su mayoría el trámite debía realizarse  presencialmente, y ante la emergencia sanitaria, se ha modificado para hacer uso de las tecnologías de la información en beneficio del usuario.
Explicó que los patrones interesados pueden establecer contacto con el IMSS a través del número telefónico 800 623 2323, opción 4 o mandar un correo a: convenio.orienta@imss.gob.mx.
“Al momento que nos lo solicitan, les regresamos por el mismo medio la propuesta de convenio de pago y  ficha de pago en el banco correspondiente para que lo lleven a cabo”, puntualizó.
Norma Gabriela López Castañeda añadió que el hacer uso de ese mecanismo, evita el cobro de multas, pues el patrón se regulariza espontáneamente, sin que medie requerimiento del IMSS, por lo que tampoco se requiere la presentación de  garantía de interés fiscal.
“Sin embargo, si en la primera parcialidad o en la parcialidad que sea se llega a incumplir el pago, entonces inmediatamente tenemos que solicitar la garantía para no exponer los ingresos del instituto”, aclaró.
Subrayó que las cuotas que se pueden diferir corresponden a los seguros que son ingresos para el instituto mexicano del seguro social como invalidez, vida, enfermedades, maternidad, riesgos de trabajo, guarderías y prestaciones sociales.
“La parte que paga el trabajador, como es una retención, esa  se tiene que cubrir al cien por ciento, no es factible de diferirlo. 
Sin embargo, la parte de la cuota patronal para los que suscriban el convenio, pueden pagar el 20 por ciento y el 80 por ciento diferirlo hasta en  plazo de 12 meses”, indicó./Raúl Avila

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