sábado, 8 de junio de 2024

ASEGURAN FALSEDAD DE QUITAR CASA O EMPRESA CON LA NUEVA CONSTITUCIÓN MEXICANA

El consejo nacional de pueblos mecicanos CNPM, en su título IV de la politica económica equitativa relacionado a la propiedad nacional de la tierra y concesiones de propiedad dice;

Artículo 103.
Concesiones de propiedad habitacional

Todos l@s mexican@s, tienen derecho a ser titulares de la concesión de propiedad de una casa habitación, de manera individual o compartida, considerando al menos 40 metros cuadrados por habitante, sean niñ@s o personas adultas.
El Autogobierno Popular, desarrollará un programa para garantizar este derecho en un plazo máximo de 10 años a partir de la entrada en vigor de esta Constitución, entregando al menos el terreno para que los concesionarios habitacionales se encarguen de la construcción respectiva.
Todas las casas y departamentos habitacionales en uso deben ser asignados a sus usuarios como concesión de propiedad (Fragmento).

Artículo 104.
Concesiones de propiedad para empresas e instituciones

Las concesiones de propiedad de inmuebles para empresas e instituciones, son asignadas por tiempo indefinido a personas o colectivos que las compren, pero en caso de fallecimiento, sus descendientes o familiares no tendrán derecho sobre el inmueble mayor al que corresponda a otros colaboradores de la empresa e institución.
La concesión, podrá ser mantenida, con derechos proporcionales a su aportación laboral, de acuerdo con lo que establezca la ley, por quienes colaboren en la empresa o institución.

Artículo 105.
Inmuebles ociosos

Los espacios que permanezcan sin uso por más de tres años, podrán ser recuperados por el consejo municipal de economía equitativa, para ser asignados en propiedad a nuevos usuarios.
La ley regulará que nadie acumule concesiones de propiedad ociosas o excesivas.

Artículo 106.
Reasignación de concesiones de propiedad

Las leyes de la federación y de las Entidades federativas en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la reasignación de concesiones de propiedad para el uso de terrenos e inmuebles; de acuerdo con la ley, el consejo respectivo hará la declaración correspondiente.
El precio que se fijará como indemnización como efecto de la reasignación concesionaria, se basará en la cantidad que establezcan las oficinas catastrales o recaudadoras, ya sea que ese valor haya sido manifestado por el concesionario, o simplemente aceptado por él de un modo tácito por haber pagado sus contribuciones con esta base (fragmentos de la nueva constitución de México proclamada por el autogobierno).
Se trata del anteproyecto aprobado en 2020 por varias organizaciones y asociaciones civiles, que buscan crear  nueva Constitución mexicana de 248 artículos, basada en la reivindicación de los pueblos originarios e indígenas, el reconocimiento de la historia nacional, y sustentada por una economía equitativa y solidaria.
Las publicaciones citan el artículo 135 del documento, que supuestamente señala que “todas las casas y departamentos habitacionales en uso, serán asignados a sus usuarios como concesión por tiempo indefinido. 
Queda prohibida la renta de casas y departamentos (...)”.
Sin embargo, la primera parte del texto fue tomada del artículo 139 de ese mismo archivo, y en ese no se “prohíbe” la renta de casas o departamentos.
Las informaciones falsas aseguran, que el artículo 136 dice: “el Estado desarrollará un programa, para garantizar ese derecho en un plazo máximo de 10 años a partir de la entrada en vigor de esa Constitución”. 
Pero el artículo no dice eso, ni tampoco ningún apartado del proyecto.
Las publicaciones también citan incorrectamente los artículos 137, 138, 144 y 145, que en realidad corresponden a los artículos 140, 141 y 142.
Marco Eduardo Murueta, coordinador nacional de la asamblea nacional de autogobierno (ANA) que integra al CNPM y a las organizaciones que crearon el documento, explicó que el proyecto no tiene relación con Morena o con el presidente López Obrador. 
Precisó que desde 2017, varias organizaciones autogestivas formaron un congreso para proyectar a la nueva Constitución mexicana y en 2023, se integró la ANA. 
El 8 de mayo de 2024, Murueta aclaró que la ANA y CNPM, los integran ciudadanos, y que las organizaciones son apartidistas. 
Citó que sus miembros están en contra del presidencialismo, y de cualquier partido político que esté en el gobierno, ya que promueven un autogobierno pluricultural.
En la página web de CNPM, está alojado el proyecto de 2021; en su lugar publicaron un archivo titulado “Nueva Constitución Mexicana 2024”. 
De acuerdo con la descripción, se trata del plan aprobado por su asamblea en octubre de 2023. 
En ese a diferencia del de 2021, los artículos 135 a 137 se refieren a medios de comunicación y trenes interurbanos, no ya al territorio y concesiones.
Los artículos 138 y 139 también fueron modificados. 
En el proyecto actual de la organización, se simplificaron a dos párrafos que mencionan que “la Nación es la propietaria de todo el territorio nacional,  se fracciona para concesionar en propiedad su uso estable y racional a individuos y colectivos, y que no se podrán concesionar mares, playas, ríos, lagos, reservas ecológicas para aprovechar sus riquezas.
El documento no menciona alguna a la eliminación de propiedad privada.
La Constitución política mexicana tiene 136 artículos, no 145 como mencionan las entradas virales.
En las publicaciones en redes, señalan que los artículos constitucionales 135 y 136 se refieren a la propiedad privada, pero en realidad, el primero alude a las reformas a la Constitución y el segundo a la inviolabilidad de la Carta Magna.
En el artículo 27, referente a la propiedad privada, se lee: “la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, que tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Ese artículo, establece que las expropiaciones solo pueden realizarse por causas de utilidad pública y tras  indemnización. 
Ni en ese artículo ni en ningún otro de la Constitución se considera la abolición de la propiedad privada.
AFP Factual revisó las iniciativas del Poder Ejecutivo y las presentadas por legisladores de Morena en la Cámara de Diputados y Senadores y en ninguna se propone la eliminación de la propiedad privada.
El área de comunicación del partido Morena aclaró el 7 de mayo de 2024 a la AFP, que no existe la intención de hacer nueva Constitución, y que es falso qu
e se intente eliminar la propiedad privada, o que haya propuestas relacionadas que formen parte de la campaña electoral del partido o en el Congreso.
El proyecto de Nación de la candidata Sheinbaum, tampoco menciona en ninguno de sus 100 puntos la eliminación de la propiedad privada. 
AFP Factual ya ha verificado otras afirmaciones falsas y engañosas relacionadas a las elecciones de México en 2024 .

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