Armonizada con la Ley General de Victimas, el Congreso del Estado creó la Ley para la Protección de Victimas en el Estado de Colima, la cual mandata que a la parte ofendida se le otorgue protección total.
COLIMA, COL. MEX.-.Armonizada con la Ley general de victimas, el Congreso del Estado creó la Ley para la protección de victimas en el Estado de Colima, que mandata que a la parte ofendida, se le otorgue protección total.
La norma amplía la protección, pues ésta no sólo protege a la víctima del delito, sino a cualquier persona que con sidere le han sido violentados sus dere chos fundamentales.
Aprobada por unanimidad, en la nueva Ley, la víctima u ofendido adquieren nuevos derechos, como el de recibir la atención médica y psicológica, la asesoría jurídica, que se le repare el daño causado, resguardar su identidad y datos personales, solicitar medidas cautelares y providencias necesarias para proteger y restituir sus derechos.
La Ley para la protección de victimas en el Estado de Colima, establece la posibilidad de impugnar ante la autoridad judicial, las omisiones del Ministerio Público, así como las resolu ciones de reserva, el desistimiento de la acción penal o la suspensión del procedimiento, cuando no esté satisfecha la reparación del daño.
El dictamen a favor de la nueva Ley, elaborado por la Comisión de estudios legislativos y puntos constitucionales que preside Arturo García Arias, señala que la Ley otorga también a la víctima derechos a la verdad, ayuda, asistencia y atención, de acceso a la justicia, la reparación del daño integral y la garantía de no repetición.
Establece que terceras instituciones realicen acciones adicionales sobre cómo trabajar con individuos que han sufrido abuso de menores, violencia doméstica, ataques sexuales o crímenes de odio, víctimas de torturas.
La norma contempla la creación del Sistema estatal de atención de victimas integrado por los tres Poderes del Estado, sus titulares crearán las políticas públicas para el cumplimiento de la Ley, elaborando un plan y programa estatal para la atención de víctimas, un registro estatal de víctimas y un fondo destinado a otorgar a las víctimas la protección integral necesaria.
Asimismo, se crea el Fondo de ayuda, asistencia y reparación Integral, cuyos recursos los obtendrá de las partidas presupuestales que le asigne el Gobierno del Estado, aportaciones de particulares e instituciones públicas, del producto de la enajenación de bienes decomi sados o asegurados en los procedimientos penales o aquellos que causen abandono.
El Fondo también se hará de recursos por la enajenación y los rendimientos de los bienes que sean extinguidos conforme lo establece la Ley de extinción de dominio del Estado de Colima y de las multas, fianzas o garantías que se hagan efectivas cuando los procesados incumplan con las obligaciones impuestas por la autoridad, entre otras fuentes de ingreso. Con la nueva Ley para la protección de victimas en el Estado de Colima, se abroga la Ley que regula la atención y protección a la víctima del delito en el Estado de Colima, así como la Ley para la protección de Víctimas en el Estado de Colima. .
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