COLIMA, COL.- para endurecer las penas a quienes cometan robos en diversas modalidades, se reformaron los artículos 183, 185, 186, 187 del Código Penal para el Estado de Colima, estableciendo penas que van desde uno a veinte años de cárcel y multas económicas en función del valor de lo robado, aprobó Congreso del Estado.
Cuando se trate de robo calificado, se impondrán penas desde uno hasta 15 años de prisión y multa desde uno a tres veces el valor de lo robado.
Para quien se apodere de un vehículo de motor, se aprobaron sanciones de seis a 20 años de prisión y multa por un importe equivalente de mil a mil quinientas unidades de medida y actualización.
A quien robe cobre o algún otro metal utilizado en instalaciones eléctricas, hidráulicas, agua potable, gas, drenajes, partes de equipamiento urbano, industrial o agrícola; se le impondrán penas de de seis a 15 años de prisión, y multa por un importe equivalente de 75 a 100 unidades de medida y actualización.
Para el que se apodere ilegalmente de implementos, maquinaria y equipos agropecuarios; productos y subproductos de las actividades agropecuarias, o algún otro bien material del sector productivo del medio rural, se le impondrán de seis a 15 años de prisión y multa por un importe equivalente de 50 a 150 unidades de medida y actualización.
La Legislatura adicionó el artículo 266 Bis al Código Penal, el cual contempla penas de uno a cuatro años de prisión y multa por un importe de 100 a 300 unidades de medida y actualización, a quien con intención de perturbar el orden público, dé a conocer falsamente, por cualquier medio de comunicación, la existencia de aparatos explosivos u otros que puedan causar el mismo efecto.
Asimismo, se le aplicará la misma pena, a quien con intención de perturbar el orden público, dé a conocer falsamente por cualquier medio de comunicación, ataques con armas de fuego y sustancias químicas, biológicas o tóxicas.
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