martes, 6 de junio de 2017

ADVIERTEN SOBRE RIESGOS DE ADQUIRIR UN INMUEBLE EN CONTRATO PRIVADO


El director del Instituto para el Registro del Territorio del Estado de Colima, Arturo Bravo Salazar señaló los riesgos que conlleva el adquirir una propiedad bajo el esquema de contrato privado.
“Un contrato privado es aquel escrito que celebran dos partes, en el cual manifiestan sus voluntades de la compra-venta, sin la intervención de un notario público”, indicó el funcionario estatal.
El código civil en el artículo 2208 da la facultad al juez de paz para realizar la ratificación de firmas. Si el contrato no es contrario a las leyes, únicamente da fe de que las partes que intervinieron firmaron ante él y se identificaron, pero no del contenido del contrato, ni de la veracidad de las declaraciones.
Por otra parte el notario para asegurase de que el bien este disponible legalmente para ser vendido solicita al Registro Público de la Propiedad un certificado de libertad de gravamen para que el comprador no vaya a tener problemas por si el inmueble tiene una hipoteca o alguna anotación preventiva de juzgado, explicó Bravo Salazar.
“El comprar bajo el esquema de contratos privados muchas de las ocasiones resulta en fraudes y en perjuicio de los adquirentes, pues ellos pagan un precio y no reciben ningún documento público que acredite dicha adquisición”, especificó el director del Instituto.
En conferencia de prensa, explicó que en el contexto actual, el contrato privado sirve como medio de prueba de la existencia de un acuerdo de compra-venta, pero para que éste sea válido ante terceros e inscrito en el Registro Público deberá elevarse a Escritura Pública e inscribirse en la Dirección de Catastro Municipal correspondiente y en la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Colima.
Acompañado por el presidente del Colegio de Notarios del Estado de Colima, Ramón Pérez Díaz y por el notario Carlos de la Madrid, el funcionario exhortó a la población a realizar estos actos ante notario público para que queden debidamente registrados ante el Registro Público de la Propiedad.
En tanto, el presidente del Colegio de Notarios del Estado de Colima, Ramón Pérez Díaz dijo que los notarios no pueden ratificar contratos privados de fraccionamientos irregulares o inmuebles que no cuenten con las autorizaciones previas tanto del municipio como del Estado, como lo especifica la Ley del Notariado.

“Previo a la celebración de un contrato privado deben asesorarse, ya sea con un notario o abogado para que los ciudadanos no caigan en ese tipo de irregularidades”, mencionó el dirigente de los notarios en la entidad.

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