COLIMA, COL.-La ley federal del trabajo (LFT) reformada, obliga a los sindicatos a realizar modificaciones a sus estatutos, a fin de garantizar que sus procesos internos y/o acciones que realicen sean legales y transparentes, informó Hugo Arturo Vergara Chávez. director de la secretaría del trabajo y previsión social.
Explicó que el pasado primero de mayo al entrar en vigor la LFT, inició el plazo de doscientos cuarenta días naturales, para que las organizaciones sindicales adecuen sus estatutos a las disposiciones previstas, de acuerdo a la parte final del artículo transitorio vigésimo tercero.
En ese lapso, los sindicatos locales deberán presentar sus estatutos reformados ante las juntas locales de conciliación y arbitraje antes del primero de enero del 2020, fecha en la que vence el plazo estipulado en la LFT.
De no actualizar los estatutos, las acciones emprendidas carecerán de validez.
Agregó que dentro de las nuevas disposiciones que establece la LFT reformada en su artículo 371, destaca que la elección de la directiva sindical y secciones sindicales, se llevará a cabo bajo el ejercicio del voto directo, personal, libre y secreto de cada uno de los agremiados a los organismos sindicales o de la sección.
Las resoluciones deberán adoptarse por el cincuenta y uno por ciento del total de los miembros del sindicato o de la sección, por lo menos.
El horario de atención de las juntas es de lunes a viernes de 8:30 a 16:30 horas, en Colima el domicilio es avenida Tecomán 673-B colonia Luis Donaldo Colosio, teléfonos (312) 31 32321, 31 27463 y 31 29821.
En Tecomán se ubica en la calle Zaragoza 187 altos, esquina con calle Revolución en el centro; en Manzanillo al complejo administrativo de seguridad cuarto módulo avenida Elías Zamora Verduzco S/N tel. (314) 1381745.
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